Xalapa, Ver.- En la sesión virtual pública de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, se determinó revocar la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz, el cual había revocado el acuerdo OPLEV/CG357/2021 del Consejo General del Organismo Público Local Electoral de Veracruz y que removía al presidente del Consejo Municipal Electoral del OPLEV con sede en Veracruz, Veracruz.

Este acuerdo argumenta que contrario a lo resuelto por el TEV, presidente del citado Consejo Municipal no afecto los principios de la materia electoral, y que los hechos que se le atribuyeron de un indebido cotejo de actas y al supuesto error en la definición de casillas para ser recontadas no constituyen violación a la norma.

En este sentido el Pleno de la Sala Regional estableció que la remoción de dicho funcionario por el TEV fue indebida y por eso se resolvió revocar la sentencia impugnada, dejando sin efectos la remoción y, también se confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del OPLEV que declaró infundado el referido procedimiento.

Por otra parte, en la misma sesión pública, la Sala Regional Xalapa revocó la sentencia del TEV que declaró la nulidad de la elección de integrantes del Ayuntamiento del municipio de Veracruz y que, por consecuencia, revocó la expedición de las constancias de mayoría y validez expedidas a favor de las fórmulas de candidaturas postuladas por la Coalición “Veracruz Va”.

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