Como resultado de la Legislación firmada por el Presidente Lopez Obrador los concesionarios de telecomunicaciones en México tendrán que pagar hasta un millón 344 mil pesos por alterar, falsear u omitir información al Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, así como ceder el acceder sin autorización a la base de datos o permitir que ingrese a ella una persona no autorizada.

La legislación vigente desde el 17 de abril de 2021 contempla diferentes sanciones económicas para las empresas del sector por el mal manejo o reporte de la información, pero no contiene pena alguna en caso de colusión por parte de algún funcionario público que vulnere dichos datos.

Todavía falta que el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) emita las disposiciones administrativas de carácter general para la operación del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil; sin embargo, ya se advierte que junto al número de línea móvil y la fecha y hora de la activación de ésta, se pedirán los datos biométricos del usuario y, en su caso, del representante legal de la persona moral responsable del servicio.

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