Cd. de México.- Con diez votos a favor y uno en contra, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinó que el delito de “Ultrajes a la Autoridad” en el Código Penal de Veracruz, es inconstitucional, debido a que viola el principio de taxatividad, atenta contra la “Libertad de Expresión” y tiene un impacto desproporcionado.

La discusión del pleno de la suprema corte, responde a la acción de inconstitucionalidad que presentó la Comisión Estatal de Derechos Humanos, organismo que estableció también que el artículo 331 viola la libertad de expresión.

La inconstitucionalidad fue declarada con 10 votos a favor al coincidir los ministros que el artículo 331 del Código Penal de Veracruz incumple el principio de taxatividad, relativo a la precisión para indicar qué conductas están prohibidas y las sanciones que se impondrán.

 

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