Fecha de publicación: 17/04/2024

 

Por Darío Pale

La queja de violencia política de género que presentaron dos ciudadanas ante el Organismo Público Local Electoral (OPLE) en contra de Miguel Ángel Yunes Márquez, candidato al senado de Fuerza y Corazón por México, al promover “odio” y “discriminación” contra la candidata a la gubernatura de “Sigamos Haciendo Historia”, Rocío Nahle, se dio como no presentada. Cabe recordar que el escrito de queja fue presentado por las ciudadanas Ana Elena Taboada Murrieta y Laura Guadalupe Hernández Parra, activistas defensoras de los derechos humanos, el 29 de marzo de 2024. Al denunciar, consideraron que se tipificaba el delito de violencia política, toda vez que Yunes Márquez ha generalizado odio, desprecio y discriminación por el lugar de nacimiento de Rocío Nahle, con la expresión: “no vamos a permitir que una mujer de Zacatecas sea gobernadora del estado”. Es por ello que pidieron se impusiera la medida cautelar de ordenar al abanderado abstenerse de difundir mensajes de este tipo, eliminar las publicaciones de su cuenta de Facebook “y todas las que se estimen necesarias”.

No obstante, la Comisión de Quejas y Denuncias del OPLE decidió clasificar la queja como “no presentada”. Por lo tanto, la secretaría Ejecutiva del organismo determinó que, al ser una denuncia en materia de violencia política en razón de género, el consentimiento de la víctima adquiere especial relevancia, pero se tuvo por no cumplido el requerimiento realizado a Rocío Nahle, toda vez que no remitió escrito alguno por el cual otorgara su autorización para que se iniciara el Procedimiento Especial Sancionador.

Por último, la Comisión consideró improcedente la adopción de la medida cautelar de ordenar el retiro de las publicaciones por actos anticipados de campaña, toda vez que desde el 31 de marzo “estamos frente a un acto consumado” por el inicio del periodo de campaña.

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