Xalapa, Ver.- La reincidencia o la gravedad de las conductas relacionadas con actos anticipados de campaña podrían convertirse en factores para afectar el registro de una candidatura, señaló el magistrado presidente del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), Gilberto de Jesús Salazar Ceballos.
El magistrado explicó que, cuando una denuncia es investigada por la autoridad correspondiente y llega al Tribunal, se determina si existió o no una infracción electoral y, en caso de acreditarse, se establece la sanción conforme a la legislación vigente.
Salazar Ceballos detalló que actualmente existe un registro de personas sancionadas por infracciones en materia electoral; sin embargo, aclaró que aparecer en dicho listado no representa de manera automática la pérdida del derecho a participar como candidato o candidata.
Indicó que serán factores como la reincidencia o la gravedad de las conductas cometidas los elementos que podrían ser considerados al momento de analizar la procedencia de un registro de candidatura.
“En caso de una reincidencia o de la gravedad de las conductas, podría ser un escenario”, afirmó el magistrado presidente del TEV.
Finalmente, señaló que este registro funciona como un antecedente sobre el comportamiento electoral de una persona, pero no opera como una causa automática para negar una candidatura, a diferencia de otros padrones establecidos en la legislación.
