Por Carlos Chávez

18 de enero de 2025.- Este viernes, la Presidenta Claudia Sheinbaum emitió en el Diario Oficial de la Federación el decreto que añade un quinto párrafo al artículo 4 y un segundo párrafo al artículo 5, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de salud.

El artículo 4to ahora dicta que la legislación sancionará toda actividad relacionada con cigarrillos electrónicos, vapeadores y aparatos similares, además de la fabricación, distribución y comercialización de sustancias peligrosas como el fentanilo.

Por otro lado, el artículo 5to prohíbe la realización de actividades vinculadas a estos productos y sustancias, como la profesión, industria o comercio interior y exterior de estos.

A partir de la entrada en vigor de este Decreto, hoy 18 de enero de 2025, el Congreso de la Unión cuenta con 180 días para armonizar el marco jurídico de las leyes en las materias con el contenido del presente. Mientras que las legislaturas de las Entidades Federativas cuentan con 365 días naturales para llevar a cabo las adecuaciones normativas necesarias para cumplir con lo previsto en dicho Decreto.

Así, la legislación penalizará cualquier actividad vinculada con estos cigarrillos electrónicos, vapeadores y otros aparatos similares que la ley señale.

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