El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (Inai) interpondrá la primera acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil, pues de acuerdo al artículo 6 y 16 de la Constitución se vulneran los derechos humanos de protección de datos personales y de acceso a la información pública.
“Con la aprobación de este acuerdo, el INAI ejercitará una función que le fue conferida a efecto de exigir el respeto al contenido y alcance de dos derechos humanos, como son el derecho de acceso a la información y la protección de datos personales”, aseguró durante la sesión la comisionada presidenta del INAI, Blanca Lilia Ibarra.
La propuesta fue duramente criticada por tocar datos personales y privados de los usuarios, algo que fracasó contundentemente en el sexenio pasado, de acuerdo a expertos.. El Padrón es una nueva versión del Registro Nacional de Usuarios de Telecomunicaciones (RENAUT), un programa fallido creado en 2008 durante el gobierno del presidente Felipe Calderón, recordó R3D (Red en Defensa de los Derechos Digitales).