Xalapa, Ver.- La LXVII Legislatura dio lectura y turnó a comisión la iniciativa enviada por la gobernadora de Veracruz, Rocío Nahle García, que prevé reformar el primer párrafo del Artículo 78 de la Constitución Política del Estado, para eliminar la necesidad de declaración de procedencia del Congreso local para proceder penalmente contra las personas titulares de las Presidencias Municipales o de Concejos Municipales, así como de las Sindicaturas, por la probable comisión de delitos durante el ejercicio de su encargo.
La propuesta, remitida a la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales para su análisis, propone revisar específicamente el tratamiento constitucional otorgado a las personas titulares de las Presidencias o Concejos, así como de las Sindicaturas, a efecto de determinar si la naturaleza actual de sus funciones justifica mantener como requisito la intervención previa del Congreso del Estado para proceder penalmente.
Previamente, señala que dentro del régimen constitucional de responsabilidades de los servidores públicos se encuentra la denominada inmunidad procesal, comúnmente identificada como Fuero Constitucional, “cuya permanencia y alcance deben analizarse atendiendo a la naturaleza de cada función pública y a las condiciones actuales de nuestro sistema de justicia”.
Asimismo, añade que esa figura surgió como un mecanismo destinado a proteger determinadas funciones públicas frente a posibles interferencias, presiones o persecuciones que pudieran impedir el ejercicio independiente de un cargo. “Su finalidad original no consistió en generar impunidad ni en eximir de responsabilidad penal a quienes desempeñaran una función pública, sino en preservar el adecuado funcionamiento de las instituciones del Estado”.
El documento, presentado durante la Tercera Sesión del Primer Periodo Ordinario del Tercer Año de Labores, precisa que la eliminación de la protección procesal no significa desconocer la presunción de inocencia ni permite que una denuncia produzca automáticamente la separación del cargo y que tampoco implica disminuir el derecho de defensa, el debido proceso o cualquiera de las garantías reconocidas por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Por consiguiente, refiere que se busca establecer un equilibrio entre la protección de la función pública municipal y la responsabilidad individual de quienes la ejercen, sin afectar la autonomía constitucional de los Ayuntamientos.
“La confianza otorgada mediante el voto ciudadano constituye un mandato para gobernar y servir. Esa legitimidad democrática debe coexistir con la responsabilidad frente a la ley y con la posibilidad de que las instituciones competentes ejerzan sus atribuciones cuando existan elementos jurídicos que así lo justifiquen”.
El Congreso del Estado conservaría las atribuciones constitucionales que correspondan respecto de los demás servidores públicos sujetos a declaración de procedencia, mientras que las autoridades municipales referidas anteriormente dejarían de requerir una determinación legislativa previa para que pueda procederse penalmente en su contra.

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