Morena denunció a Bertha Xóchitl Gálvez Ruiz por las expresiones realizadas durante el
Segundo Debate Presidencial, y su posterior difusión en sus redes sociales Facebook y X,
así como en un medio de comunicación, y en el perfil de quien se identifica como una
sociedad civil, pues a decir del quejoso, las mismas podrían configurar calumnia en su
contra.
La Comisión resolvió que es procedente la adopción de las medidas cautelares solicitadas
por el denunciante, porque, de un análisis preliminar, se consideró que la palabra “narco
partido” podría constituir la imputación de un hecho o delito falso con impacto en el Proceso
Electoral Federal que actualmente se desarrolla.
Por lo cual, se ordenó a la Secretaría Ejecutiva del Instituto Nacional Electoral, realice
las acciones necesarias para suprimir las frases denunciadas de la versión estenográfica
alojada en la página Central Electoral, de cualquier otra página administrada por el Instituto,
y de todas las interpretaciones en lenguas: español, náhuatl, maya, tsotsil y de Señas
Mexicana.
Respecto de las publicaciones en las redes sociales Facebook y X de la candidata
denunciada, ésta deberá realizar las acciones necesarias para eliminar o modificar el
material denunciado, así como de cualquier otra plataforma bajo su dominio, control o
administración en que se haya difundido dicho contenido.
En cuanto a las publicaciones en el medio de comunicación y en el perfil de quien se
identifica como una sociedad civil, se determinó la improcedencia al estar amparadas por
la libertad de expresión, y respecto de la biblioteca de anuncios de Facebook, porque es
materialmente imposible su retiro, ya que Meta Platforms, Inc., indicó que los anuncios se
archivan y son visibles en este apartado por un período de siete años, independientemente
de si dichos anuncios están activos o inactivos.