El día de ayer, la Comisión Nacional de Derechos Humanos emitió la recomendación 118/2022 al Instituto Médico de Seguridad Social de Querétaro, luego de que una paciente del establecimiento fuera víctima de un diagnóstico erróneo en 2019, que terminó por amputarle ambas piernas y una histerectomía.
“El 14 de junio de 2019, víctima, mujer de 27 años, remitió un correo electrónico a la DDHQ [ Defensoría de los Derechos Humanos de Querétaro], mediante el cual interpuso en contra de personal adscrito a la UMF 9 [Unidad de Medicina Familiar 9] y al HGR 1 [Hospital General Regional 1] del IMSS, en Querétaro, por una deficiente atención médica durante un legrado para retirar un Dispositivo Intrauterino (DIU) traslocado en septiembre de 2018, que le ocasionó una infección y en consecuencia tres paros cardiacos, extirpación del útero y del ovario derecho, así como la amputación de ambas extremidades inferiores, sin que se le otorgara un seguimiento adecuado a su condición clínica y sin que decidieran la especialidad médica que debía atenderla, considerando si correspondía a traumatismo y ortopedia o bien a angiología, por lo que se le omitió proporcionarle la fisioterapia que requería en ese momento”, emitió la CNDH en un comunicado.
Resulta que el 15 de junio de 2019, la víctima denunció una situación ante la CNDH, en la que manifestó que, el 26 de abril de ese año, ingresó al HGR 1, por tener una infección en el calcáreo izquierdo (área del tobillo del pie izquierdo), pero el instituto no realizó los estudios correctos, retrasando su atención medica, y suministrando medicamento que no requería.
Al respecto, la CNDH solicitó lo siguiente: “Se deberá otorgar de forma vitalicia a V1, el control, seguimiento y atención médica que requiera como consecuencia de la discapacidad permanente y las secuelas que esta le genere, proporcionar todos los dispositivos de prótesis requeridos y demás ayuda técnica que le permita su desplazamiento adecuado, que se adapten a su condición física, con base en un diagnóstico personalizado dependiendo de sus necesidades identificando los tiempos para el cambio de los componentes protésicos”.
“De igual manera se deberá proporcionar atención psicológica y/o psiquiátrica que requieran individual y/o familiarmente V1, V2, V3 y V4, la cual deberá ser proporcionada por personal profesional y especializado, hasta que alcancen su sanación psíquica y emocional, atendiendo a sus edades y necesidades, en un lugar accesible para las víctimas”, agregó.
Por consiguiente, el IMSS ya recibió y atendió la recomendación emitida por la CNDH, y se comprometió en enmendar su trabajo con el órgano protector de los derechos humanos.