Cd. de México.- La Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió la Suspensión Provisional contra la “reserva de información de las obras de la actual administración”, y el acuerdo establece:
“Surtirá efectos de inmediato y sin necesidad de otorgar garantía alguna, sin perjuicio de que pueda modificarse o revocarse derivado de algún hecho superveniente”.
La determinación de la Suprema Corte es en respuesta a la promoción presentada por el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, el cual solicitó la suspensión provisional para dejar sin efectos el acuerdo presidencial de otorgarle carácter de “clasificados” por “seguridad nacional” a los megaproyectos y obras prioritarias del gobierno federal.
“Es procedente para que se suspendan todos los efectos y las consecuencias del acuerdo impugnado y que deriven en catalogar la información detallada en éste como de interés público y/o seguridad nacional, sin cumplir con los supuestos que las leyes respectivas prevén para ese efecto”, señala el acuerdo de la Corte.
El Inai envió el viernes una controversia constitucional contra el “decretazo” del presidente López Obrador que inhabilitaba el acceso a la información sobre las obras de su gobierno.
El Instituto señaló que el acuerdo mandatario “transgrede los principios de supremacía constitucional y legalidad, porque realiza una reserva anticipada y generalizada de la información relativa a esos proyectos u obras, vulnerando el derecho a saber de la sociedad”.
Al pretender enmarcarlas con el tema de “seguridad nacional”, que la Ley Federal de Transparencia, considera como una de las causales de “reserva de información”, entonces cualquier dependencia o entidad de la Administración Pública Federal podría reservar, de manera general, la información relacionada con los proyectos y obras.