Cd. de México.- Con cien votos a favor y dos en contra el pleno del Senado avaló la revocación de mandato por pérdida de confianza del Presidente de la República, las bancadas lograron un consenso para modificar la mitad de los sesenta artículos del dictamen original la Ley Reglamentaria.

“El proceso de revocación de mandato es el Instrumento de participación solicitado por la ciudadanía para determinar la conclusión anticipada en el desempeño del cargo de la persona titular de la Presidencia de la República, a partir de la pérdida de la confianza”, establece el acuerdo, y las adecuaciones que se hicieron a la propuesta original de ley en el cuestionamiento expreso, son:

“¿Estás de acuerdo en que (nombre), presidente/a de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”

En concordancia al planteamiento, las opciones de respuesta que contiene el ordenamiento propuesto como resultado de la discusión entablada en el Senado la República, son:

“Que se le revoque el mandato por pérdida de confianza” o,

“que siga en la Presidencia de la República”.

La propuesta de ley, que ha pasado para su discusión y aprobación a la Cámara de Diputados, establece que el Instituto Nacional Electoral no podrá emitir reglamentos sobre la revocación de mandato, y que sólo sujetará a los del ordenamiento.

La norma permite que los partidos políticos puedan promover la participación ciudadana en el proceso de revocación de mandato, pero para ello se deberán se abstenerse de no aplicar recursos provenientes del financiamiento público y privado.

En materia presupuestal para las erogaciones de este ejercicio, el Instituto Nacional Electoral se sujetará a lo asignado y deberá tener a disposición de los ciudadanos el formato impreso, a más tardar el 1 de octubre de 2021, así como los medios electrónicos de solicitud de la convocatoria al proceso de revocación de mandato para el periodo constitucional 2018-2024.

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