* Obstruía la competencia en el mercado eléctrico y beneficiaba a la CFE
Cd. de México.- La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determino que la Política de Confiabilidad de la red eléctrica que promovió la Secretaría de Energía, al establecer que obstruye la competencia en el mercado eléctrico beneficiando a la Comisión Federal de Electricidad.
En este contexto el órgano jurisdiccional ordenó la cancelación general definitiva del pretendido ordenamiento y como falló a la controversia de inconstitucionalidad que interpuso la Comisión Federal de Competencia Económica en el que se argumenta que la Secretaría de Energía irrumpiría en el ámbito de atribuciones del regulador autónomo si procedían las nuevas reglas.
En su recurso que la Cofece presentó 22 de Junio, se señala que la política emitida por el gobierno federal es contraria al contenido de los artículos 16, 28 y 133 constitucionales, así como a las leyes aplicables en materia de electricidad, los cuales en conjunto establecen un régimen de competencia en la generación y suministro de electricidad.
“El instrumento publicado afecta de manera grave la estructura económica del sector de electricidad, ya que elimina la posibilidad de que este opere en condiciones de competencia y eficiencia, así como en los términos dispuestos en el conjunto del marco normativo vigente del país para este sector”, establece la impugnación, y señala que el pretendido ordenamiento:
“Compromete tanto el acceso abierto y no discriminatorio a las redes de transmisión y distribución (insumo indispensable en esta industria), como el criterio de despacho económico que rige la operación del mercado eléctrico mayorista; asimismo, otorga ventajas en favor de ciertos participantes y disminuye la capacidad de competir de otros, sacrifica la eficiencia y establece barreras a la entrada en la generación eléctrica”.
La Comisión Federal de Competencia Económica consideró que el acuerdo de la Secretaria de Energía irrumpiría de manera grave y trascendente en su esfera de actuación, al impedirle promover y proteger la competencia y libre concurrencia en el mercado eléctrico, y desde que interpuso este recurso, al cuál tiene acceso legal, el año pasado quedó sin efectos de manera provisional la política diseñada principalmente para respaldar al Acuerdo de Confiabilidad de Emergencia que el Centro Nacional de Control de Energía promovió previamente y que fue invalidado tras múltiples amparos de generadores privados en juzgados especializados en competencia económica y que se suspendió definitivamente luego del recurso de carácter general interpuesto por Greenpeace.
Con cuatro votos a favor, la Segunda Sala del máximo tribunal aprobó el proyecto del ministro Luis María Aguilar que invalidó 22 disposiciones del Acuerdo de la Política Energética.